Con motivo de la contingencia y las acciones extraordinarias emprendidas por el Gobierno Federal para combatir la enfermedad por Covid19, algunos de nuestros clientes nos han preguntado qué hacer en los casos en que dicha contingencia afecte el cumplimiento de los contratos celebrados con sus clientes y proveedores (línea de suministro, arrendamientos, prestación de servicios, etc.).
Para efecto de determinar la consecuencia legal que deriva del incumplimiento de los contratos con motivo de la contingencia, se recomienda analizar cada caso tomando en cuenta principalmente la naturaleza del negocio y el objeto del contrato, consecuencia que podría derivar en la posibilidad de incumplir los convenios celebrados o incluso darlos por terminado (rescisión) sin penalización.
A manera de ejemplo, y en opinión de nuestra firma, las empresas que realizan actividades consideradas no esenciales por la Secretaría de Salud con motivo de la contingencia señalada, no se encuentran obligadas al pago de la renta de los inmuebles donde lleven a cabo las actividades catalogadas como no esenciales, mientras dure la contingencia. Lo anterior, toda vez que la legislación aplicable prevé que con motivo de caso fortuito o fuerza mayor (como lo puede ser en el caso de una pandemia) se impida totalmente al arrendatario el uso de la cosa arrendada, no se causará renta mientras dure el impedimento, y si este dura dos meses, podrá solicitar la terminación del contrato.
Por lo anterior, las empresas que se encuentran legalmente impedidas para operar con motivo de la contingencia y que incluso sus empleados se encuentran en resguardo domiciliario, como se ordena en el Decreto y los Acuerdos publicados por la Secretaría de Salud, y por tanto no utilicen los inmuebles arrendados, tendrían el derecho a no pagar la renta mientras continúe dicho impedimento o utilizar este argumento para negociar el pago de la misma.
Considerando lo anterior, te sugerimos analizar los contratos celebrados con tus proveedores y clientes para determinar las consecuencias legales en caso de incumplimiento, sobre todo aquellos que pongan en riesgo negociaciones presentes o futuras del negocio, a fin de encontrar la mejor estrategia legal para mitigar los efectos de dichas consecuencias.
En caso de que tengas alguna duda sobre este u otros temas legales relacionados con los efectos de la contingencia, por favor no dudes en contactarnos.
Estamos para servirte.
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